Colombia levanta los aranceles a Ecuador, pero mantiene restricciones al arroz, ¿por qué?

2026-06-09 13:04:41 - MUNDO

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0583 de 2026, mediante el cual derogó los aranceles que había impuesto a Ecuador en respuesta a los gravámenes aplicados por ese país a las mercancías colombianas.

La decisión restablece las condiciones normales de intercambio entre las dos naciones y busca fortalecer la seguridad jurídica, promover el bienestar económico y garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por Colombia en materia comercial.

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El decreto se produjo después de que Ecuador eliminara la denominada tasa por servicio aduanero que venía aplicando a los productos procedentes de Colombia, medida que había generado tensiones en el comercio binacional durante los últimos meses.

Pese al restablecimiento de las relaciones comerciales, el Gobierno decidió mantener durante 45 días adicionales algunas restricciones y medidas relacionadas con el arroz.

La decisión obedece a la persistencia del contrabando técnico en la frontera sur del país, fenómeno que las autoridades consideran un riesgo para los productores nacionales.

Con esta excepción temporal, el Ejecutivo busca combinar la reapertura comercial con mecanismos de protección para la producción interna, mientras fortalece los controles aduaneros y de vigilancia en las zonas fronterizas.

En conjunto, el Decreto 0583 de 2026 marca el retorno a la normalidad en el comercio entre Colombia y Ecuador, tras varios meses de tensiones arancelarias que afectaron el intercambio bilateral y generaron incertidumbre para empresarios y exportadores de ambos países.

Las diferencias comerciales comenzaron el 24 de enero de 2026, cuando Ecuador estableció una tasa por servicio aduanero por concepto de control aduanero equivalente al 30% para las mercancías colombianas.

Posteriormente, la medida fue endurecida.En marzo la tasa aumentó al 50% y en mayo alcanzó el 100%, generando mayores obstáculos para el acceso de los productos colombianos al mercado ecuatoriano.

Como respuesta, el Gobierno colombiano expidió el Decreto 0170 del 20 de febrero de 2026, mediante el cual impuso aranceles recíprocos del 30% a productos ecuatorianos. La medida fue presentada como una acción orientada a proteger la producción nacional y los intereses económicos del país.

El escenario cambió el 31 de mayo de 2026, cuandoEcuador expidió la Resolución No. SENAE-SENAE-2026-0051, mediante la cual derogó la tasa que aplicaba a las mercancías provenientes de Colombia.

Ante la eliminación del gravamen ecuatoriano, el Gobierno colombiano concluyó que desaparecieron las circunstancias que habían motivado la adopción de medidas de represalia comercial.

Por esta razón, el Decreto 0583 derogó en su totalidad el Decreto 0170 de 2026 y restableció las condiciones habituales de acceso al mercado binacional bajo criterios de equidad, reciprocidad y cumplimiento de los acuerdos internacionales.

El decreto señala que la normalización de las relaciones comerciales con Ecuador contribuye a promover el bienestar económico del país y favorece alos sectores productivos y exportadores que dependen del intercambio entre ambas economías.

La eliminación de barreras comerciales permitirá una mayor fluidez en las operaciones de comercio exterior y ayudará a regularizar las condiciones de acceso al mercado binacional.

Asimismo, el Gobierno destaca que las poblaciones ubicadas en la frontera entre ambos países se verán especialmente beneficiadas, debido a que gran parte de su actividad económica depende del comercio transfronterizo.

Otro de los objetivos de la medida es fortalecer la seguridad jurídica de las transacciones comerciales, brindando mayor estabilidad y previsibilidad a empresarios, exportadores e inversionistas.

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El Gobierno argumentó que la derogatoria de las restricciones también responde a la necesidad de cumplir con los compromisos adquiridos por Colombia en el marco del Programa de Liberación del Acuerdo de Cartagena de la Comunidad Andina (CAN), que promueve la eliminación total de gravámenes y restricciones entre los países miembros.

De igual forma, la medida se ajusta a los principios establecidos por la Organización Mundial del Comercio (OMC), orientados a facilitar el comercio y evitar barreras injustificadas entre las naciones.

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