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Reforma laboral en Colombia: último plazo para actualizar reglamentos internos y evitar millonarias multas

2026-06-25 18:04:30 - MUNDO

Las empresas colombianas tienenplazo hasta este 25 de junio para actualizar sus Reglamentos Internos de Trabajo (RIT) y ajustarlos a las disposiciones introducidas por la Ley 2466 de 2025, conocida como la reforma laboral, así como a las circulares y decretos expedidos durante el primer semestre de 2026.

La obligación surge de los cambios realizados alCódigo Sustantivo del Trabajo en materias como debido proceso disciplinario, licencias, incapacidades y procedimientos disciplinarios, que incorporan nuevas garantías para los trabajadores y deben quedar reflejadas en los procesos internos de las organizaciones.

De acuerdo con los lineamientos del Ministerio del Trabajo, contenidos en la Circular 0048 de 2026, lascompañías deben revisar y ajustar sus reglamentos para incluir las faltas disciplinarias, los procedimientos para su comprobación, las escalas de sanciones y los mecanismos que aseguren el respeto del debido proceso en todas las actuaciones disciplinarias.

El Ministerio del Trabajo ha advertido que no actualizar el Reglamento Interno de Trabajo no exime a las empresas de cumplir de inmediato con las nuevas garantías previstas en la reforma laboral. Es decir, aunque una organización no haya culminado la adecuación de sus documentos internos, debe aplicar las disposiciones vigentes de la Ley 2466 de 2025.

En ese contexto,Luis Alfonso Acevedo, experto laboralista y CEO del Centro Jurídico Internacional, citado por el portal elempleo.com, señaló que “las empresas deben garantizar el debido proceso disciplinario, la motivación de decisiones y los recursos de apelación de forma inmediata. La falta de actualización del Reglamento Interno de Trabajo no justifica el incumplimiento de las garantías de la Ley 2466 de 2025”.

La actualización del reglamento no se limita al procedimiento disciplinario. Las organizaciones deberánincorporar todas las modificaciones aplicables derivadas de la reforma laboral y de su reglamentación posterior, con el fin de evitar vacíos internos frente a las nuevas obligaciones legales.

Entre los ajustes que deben incluirse están la definición de faltas disciplinarias, las etapas del procedimiento para su comprobación, las escalas de sanciones y las garantías de defensa para los trabajadores. Además, las decisiones que adopten las empresas deberán estar debidamente motivadas y permitir la presentación de recursos de reposición o apelación, según corresponda.

La advertencia del Ministerio apunta a que las empresas no posterguen la implementación de las nuevas reglas bajo el argumento de que el reglamento aún no ha sido actualizado. El mensaje de la autoridad laboral es claro: el cumplimiento de la reforma laboral es inmediato y obligatorio, independientemente del estado de ajuste de los documentos internos.

En la práctica, esto implica que las compañías que no adopten las garantías establecidas por la ley podrían exponerse a riesgos jurídicos, sanciones y millonarias multas, especialmente si se presentan actuaciones disciplinarias sin respeto por el debido proceso.

La normativa también permite que los procedimientos disciplinarios se adelanten mediante herramientas tecnológicas, siempre que se garantice el acceso efectivo del trabajador a estos medios y se preserve su derecho de defensa.

Adicionalmente, contempla laobligación de realizar ajustes razonables para trabajadores con discapacidad, con el fin de asegurar la comunicación, la comprensión del proceso y la participación en condiciones de igualdad.

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