SIC pone la lupa sobre Tesla: le ordena ajustar información sobre entregas y condiciones de venta en Colombia

2026-05-14 10:03:45 - MUNDO

La Superintendencia de Industria y Comercio impartió una orden administrativa de carácter particular a Tesla Motors Colombia S.A.S., filial de Tesla, con el fin de prevenir posibles afectaciones a los consumidores en la comercialización de vehículos eléctricos a través de comercio electrónico.

La decisión se adoptó tras una averiguación preliminar de oficio relacionada conlas actividades de la empresa en Colombia desde su llegada en noviembre de 2025, especialmente por la oferta y venta de vehículos mediante su página web oficial https://www.tesla.com/es_co.

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Durante la actuación administrativa, la entidad recopiló información documental, realizó visitas al sitio web de la compañía y analizó datos relacionados con cerca de 23.700 pedidos de vehículos realizados entre noviembre de 2025 y marzo de 2026.

También revisó peticiones, quejas y reclamos presentados por consumidores en ese mismo periodo.

A partir de este análisis, la autoridad identificó posibles afectaciones a los derechos de los consumidores derivadas de inconsistencias en la información entregada durante el proceso de compra, particularmente en lo relacionado con condiciones de entrega, garantías y disponibilidad de servicios asociados.

Uno de los principales hallazgos de la investigación fue el incumplimiento en los tiempos de entrega inicialmente informados a los compradores. Según la SIC, más de 1.800 vehículos que debían ser entregados entre febrero y marzo de 2026 continuaban pendientes de entrega al mes de abril.

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Este hallazgo generó preocupación sobre la transparencia en la promesa de entrega, un elemento clave en las ventas de vehículos eléctricos realizadas bajo modalidad digital, donde los consumidores toman decisiones basadas en información suministrada previamente en línea.

La Superintendencia también detectó posibles inconsistencias en la información entregada a los consumidores sobre las condiciones de garantía de los vehículos, los tiempos de entrega y la disponibilidad de infraestructura de carga en Colombia.

En particular, la entidad advirtió posibles limitaciones en la garantía de algunos componentes de los vehículos y cuestionó el cumplimiento de las obligaciones aplicables a las ventas realizadas mediante comercio electrónico. Asimismo, se señaló el riesgo de que la información sobre la red de carga tipo “Supercharger” pudiera inducir a error sobre su existencia y disponibilidad real en el país.

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Como resultado de la investigación, la Superintendencia de Industria y Comercio ordenó a Tesla Colombia ajustar la información relacionada con los tiempos de entrega, evitando que fechas tentativas sean presentadas como definitivas.

Tambiéndeberá garantizar que las condiciones de garantía de los vehículos sean claras, suficientes y verificables para los consumidores en Colombia, así como abstenerse de difundir información que pueda generar confusión sobre la infraestructura de carga disponible.

La empresa deberá asegurar transparencia en los procesos de reservas, pagos y entregas, revisar las condiciones contractuales relacionadas con posibles limitaciones a la garantía legal de componentes como llantas o neumáticos, implementar medidas para evitar nuevos retrasos injustificados en la entrega de vehículos y fortalecer sus canales de atención de peticiones, quejas y reclamos.

Adicionalmente, deberá cumplir con las obligaciones especiales establecidas para las ventas por comercio electrónico y con la normativa colombiana sobre información de seguridad vehicular.

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La Superintendencia advirtió que el incumplimiento de las órdenes impartidas, actualmente en proceso de comunicación a la empresa, podrá dar lugar a la imposición de sanciones administrativas contempladas en la Ley 1480 de 2011, que regula la protección al consumidor en Colombia.

El objetivo es garantizar que los consumidores reciban información clara, verificable y coherente con las condiciones reales del producto ofrecido, así como el cumplimiento efectivo de lo prometido en la venta.

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